Sistema Interno de Informacion
Ley 2/2023 - Proteccion del Informante
Este Sistema Interno de Informacion ha sido establecido por DATA PROFESIONAL SLU en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la proteccion de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupcion, garantizando proteccion frente a represalias, confidencialidad reforzada de la identidad del informante, y la posibilidad de presentar comunicaciones anonimas.
✓ Se Admiten Comunicaciones Anonimas
Conforme al Art. 7.3 de la Ley 2/2023, este sistema interno permite y tramita comunicaciones anonimas. Puede presentar su comunicacion sin proporcionar ningun dato identificativo.
Importante: Las comunicaciones anonimas seran tratadas con la misma diligencia y seriedad que las comunicaciones identificadas, conforme a las obligaciones legales establecidas.
Descripcion del Sistema
El Sistema Interno de Informacion es un canal seguro, confidencial y protegido que permite a cualquier persona comunicar informacion sobre posibles infracciones normativas graves, conductas irregulares o actos contrarios a la legislacion vigente relacionadas con la actividad de DATA PROFESIONAL SLU.
El sistema ha sido diseñado para garantizar la maxima proteccion del informante frente a cualquier forma de represalia, incluyendo despidos, sanciones, traslados forzosos, reducciones salariales, modificaciones de condiciones de trabajo, discriminacion, acoso u otras medidas de trato desfavorable. Estas protecciones estan establecidas en los Articulos 36, 38 y 39 de la Ley 2/2023.
Ambito de aplicacion: Este sistema interno esta abierto a empleados actuales y pasados, colaboradores, proveedores, clientes, accionistas, miembros de organos de administracion, voluntarios, becarios, personas en practicas, y cualquier otra persona que haya tenido o mantenga una relacion laboral, mercantil, profesional o de cualquier otra naturaleza con DATA PROFESIONAL SLU.
Responsable del Sistema Interno de Informacion
Conforme al Art. 8 de la Ley 2/2023, DATA PROFESIONAL SLU ha designado formalmente un Responsable del Sistema Interno de Informacion que actua con plena independencia y ausencia de conflicto de intereses.
Datos del Responsable:
Cargo: Director de Cumplimiento Normativo y Proteccion de Datos
Entidad: DATA PROFESIONAL SLU
Contacto directo para consultas sobre el funcionamiento del canal:
- • Email: direccion@data5.es
- • Telefono: 611 041 785
Garantias de independencia del Responsable:
- • Formacion especifica en proteccion de informantes y Ley 2/2023
- • Acceso directo a la maxima direccion de la entidad
- • Ausencia de conflicto de intereses con las areas operativas
- • Autonomia para realizar investigaciones y proponer medidas
- • Obligacion de confidencialidad reforzada
Garantias de Proteccion del Informante
Proteccion Frente a Represalias
Art. 36 de la Ley 2/2023: Prohibicion absoluta de represalias contra el informante, facilitadores y personas relacionadas.
🚫 Formas de represalia prohibidas (Art. 36.2):
- • Despido, suspension o medidas equivalentes
- • Degradacion o denegacion de ascenso
- • Traslado forzoso, cambio de funciones, reduccion salarial
- • Modificacion de horario o condiciones de trabajo
- • No renovacion o resolucion anticipada de contrato
- • Inclusion en listas negras sobre bases sectoriales o de la industria
- • Daño reputacional, discriminacion o trato desfavorable
- • Formacion denegada, evaluaciones negativas injustificadas
- • Coaccion, intimidacion, acoso o exclusion
Ambito de proteccion (Art. 37):
La proteccion se extiende no solo al informante, sino tambien a:
- • Facilitadores (personas que ayudan al informante)
- • Personas del entorno del informante (familiares, compañeros, etc.)
- • Personas juridicas vinculadas al informante (empresas donde participe)
Medidas de proteccion vigentes:
- • Inversion de la carga de la prueba (Art. 38.3): Si se adopta una medida desfavorable tras una comunicacion, el empleador debe demostrar que NO constituye una represalia
- • Nulidad de actos de represalia (Art. 38.1): Cualquier acto de represalia sera nulo de pleno derecho
- • Indemnizacion integral (Art. 38.2): Derecho a indemnizacion por todos los daños y perjuicios sufridos
- • Medidas cautelares: Posibilidad de solicitar medidas cautelares para proteger la situacion del informante durante la investigacion
- • Medidas de apoyo disponibles: Asesoramiento juridico, psicologico y seguimiento del caso
Confidencialidad Reforzada de la Identidad
Art. 33 de la Ley 2/2023: Confidencialidad reforzada de la identidad del informante, de las personas afectadas y de terceros mencionados en las comunicaciones. Solo puede ser revelada a la Autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente, y NUNCA a la persona sobre la que se refieren los hechos denunciados.
🔒 Acceso restringido a la información:
La identidad del informante y el contenido de las comunicaciones solo son accesibles al Responsable del Sistema Interno de Información y al personal expresamente autorizado bajo estrictos acuerdos de confidencialidad. Ningún otro empleado, directivo o miembro de la organización tiene acceso a esta información.
Garantias tecnicas y organizativas implementadas:
- • Cifrado extremo a extremo de las comunicaciones (conexion HTTPS/TLS)
- • Acceso restringido mediante roles: solo el responsable del sistema y personal expresamente autorizado
- • Segregacion de funciones y controles de acceso estrictos
- • Registros de auditoria de acceso (logs)
- • Medidas tecnicas que garanticen la confidencialidad: cifrado de bases de datos, control de accesos fisicos y logicos
- • Tratamiento de datos bajo pseudonimizacion cuando sea posible
Consecuencias del incumplimiento: Infraccion muy grave punible con multa de hasta 1.000.000 euros si se considera muy grave (Art. 63.3), o hasta 600.000 euros si se considera grave (Art. 63.2 Ley 2/2023).
Comunicaciones Anonimas
Art. 7.3 de la Ley 2/2023: Los sistemas internos de informacion DEBEN permitir la presentacion de comunicaciones anonimas. Esta obligacion es especifica de la transposicion española y va mas alla de la Directiva europea.
Implementacion tecnica del anonimato:
- • Posibilidad de enviar comunicaciones sin proporcionar ningun dato identificativo
- • Uso de cookies de sesion para permitir seguimiento anonimo del estado de tramitacion (opcional para el informante)
- • Sistema de respuestas mediante codigo anonimo generado automaticamente
- • El informante puede identificarse posteriormente si lo desea, pero NO se registran metadatos que permitan la identificacion indirecta
Limitacion: Si presenta una comunicacion anonima sin dejar datos de contacto ni codigo de seguimiento, no podremos informarle del estado de tramitacion ni del resultado de la investigacion. Sin embargo, su comunicacion sera tratada con la misma diligencia que las comunicaciones identificadas.
Informacion sobre Proteccion de Datos Personales del Canal
Conforme a los Arts. 30-32 de la Ley 2/2023 y a los Arts. 13-14 del RGPD, se informa sobre el tratamiento de datos personales asociado al Sistema Interno de Informacion:
1. Responsable del Tratamiento
Identidad: DATA PROFESIONAL SLU
Direccion: PARQUE EUROPA, 5 BAJO - 09001 BURGOS
Email: direccion@data5.es
Delegado de Proteccion de Datos (DPO): direccion@data5.es
2. Finalidades del Tratamiento
Los datos personales proporcionados a traves del Sistema Interno de Informacion se trataran exclusivamente para:
- • Gestion y tramitacion de las comunicaciones recibidas sobre posibles infracciones normativas
- • Investigacion de los hechos comunicados
- • Adopcion de medidas correctivas, disciplinarias u organizativas
- • Comunicacion con el informante sobre el estado de tramitacion
- • Cumplimiento de obligaciones legales derivadas de la Ley 2/2023
3. Base Juridica del Tratamiento
El tratamiento de datos se basa en el cumplimiento de obligacion legal establecida en la Ley 2/2023 (Art. 6.1.c del RGPD), que obliga a las entidades a disponer de sistemas internos de informacion y tramitar las comunicaciones recibidas.
4. Plazo de Conservacion
Los datos se conservaran unicamente durante el tiempo imprescindible para la gestion de la comunicacion y, como maximo, durante 10 años desde la recepcion de la comunicacion, conforme al Art. 32 de la Ley 2/2023.
Transcurrido este plazo, los datos seran suprimidos o anonimizados de forma segura, salvo que deban conservarse por obligacion legal (por ejemplo, para atender procedimientos judiciales o administrativos en curso).
5. Destinatarios de los Datos
Los datos personales podran ser comunicados a:
- • Responsable del Sistema Interno: Para la gestion y tramitacion de las comunicaciones
- • Investigadores internos designados: Solo cuando sea necesario para la investigacion, bajo estrictas medidas de confidencialidad
- • Autoridades competentes: Ministerio Fiscal, organos judiciales o autoridades administrativas cuando los hechos constituyan infracciones penales o administrativas graves
- • Autoridad Independiente de Proteccion del Informante (AAI): En caso de remision del expediente al canal externo
Importante: La identidad del informante solo sera comunicada a las autoridades mencionadas cuando sea legalmente exigible, nunca a la persona denunciada.
6. Derechos de los Interesados
Los interesados (informante, personas afectadas) pueden ejercer los siguientes derechos conforme al RGPD:
- • Derecho de acceso: Conocer si sus datos estan siendo tratados
- • Derecho de rectificacion: Corregir datos inexactos o incompletos
- • Derecho de supresion: Solicitar la eliminacion de sus datos (salvo cuando deban conservarse por obligacion legal)
- • Derecho de limitacion: Solicitar la limitacion del tratamiento en determinadas circunstancias
- • Derecho de oposicion: Oponerse al tratamiento de sus datos en determinadas circunstancias
Limitaciones especificas (Art. 31 Ley 2/2023): El ejercicio del derecho de acceso de la persona afectada por la comunicacion podra limitarse para proteger la identidad del informante y garantizar la eficacia de la investigacion.
Para ejercer estos derechos, dirigirse a: direccion@data5.es
7. Reclamacion ante la Autoridad de Control
Si considera que el tratamiento de sus datos vulnera el RGPD o la Ley 2/2023, puede presentar una reclamacion ante la Agencia Española de Proteccion de Datos (AEPD):
Web: https://www.aepd.es/
8. Evaluacion de Impacto en Proteccion de Datos (EIPD)
Conforme al Art. 35 del RGPD, DATA PROFESIONAL SLU ha realizado una Evaluacion de Impacto en Proteccion de Datos (EIPD/DPIA) del Sistema Interno de Informacion, dado que el tratamiento implica datos especialmente sensibles y vigilancia sistematica. Esta evaluacion ha confirmado que se han implementado todas las medidas tecnicas y organizativas necesarias para minimizar riesgos y garantizar la confidencialidad.
Infracciones que Pueden Comunicarse
Conforme al Art. 2 de la Ley 2/2023, este canal puede utilizarse para informar sobre:
Infracciones Penales
- • Corrupcion, cohecho y trafico de influencias
- • Fraude, estafa y apropiacion indebida
- • Malversacion de fondos publicos o privados
- • Blanqueo de capitales y financiacion del terrorismo
- • Delitos contra la Hacienda Publica y la Seguridad Social
- • Delitos societarios y contra la propiedad intelectual
Infracciones Administrativas Graves
- • Proteccion de datos personales (RGPD/LOPDGDD)
- • Seguridad alimentaria y salud publica
- • Prevencion de riesgos laborales
- • Competencia desleal y proteccion de consumidores
- • Infracciones urbanisticas y ordenacion del territorio
- • Medio ambiente y proteccion del patrimonio
Infracciones al Derecho de la Union Europea
- • Contratacion publica y concesiones
- • Servicios, productos y mercados financieros
- • Seguridad y conformidad de productos
- • Transporte y proteccion del medio ambiente
- • Proteccion de consumidores
- • Privacidad, proteccion de datos y redes de comunicaciones
Otras Infracciones Graves
- • Acoso laboral, sexual o por razon de sexo
- • Discriminacion por cualquier motivo
- • Incumplimiento grave de normativa laboral
- • Conflictos de interes no declarados
- • Violaciones del codigo etico o de conducta
- • Obstaculizacion de la accion inspectora
Canales de Comunicacion Disponibles
Art. 7.2 de la Ley 2/2023: Se proporcionan multiples canales de comunicacion para garantizar la accesibilidad del sistema:
1. Formulario Web Seguro (Canal Principal)
Complete el formulario a continuacion para presentar su comunicacion de forma segura. Este formulario permite presentar comunicaciones tanto identificadas como anonimas, con cifrado de extremo a extremo.
Tiempo de respuesta: Acuse de recibo en 7 dias naturales desde la recepcion.
2. Correo Electronico Cifrado (Canal Alternativo)
Puede enviar su comunicacion por correo electronico con cifrado TLS a la siguiente direccion dedicada:
📧 Email especifico para el Canal de Denuncias: Esta direccion de correo electronico esta dedicada exclusivamente a la recepcion de comunicaciones relativas al sistema interno de informacion, diferenciada de los canales de contacto comercial. Todas las comunicaciones recibidas en esta direccion son gestionadas directamente por el Responsable del Sistema con las garantias de confidencialidad exigidas por la Ley 2/2023.
Asunto sugerido: "Comunicacion Sistema Interno - [Numero de referencia si lo tiene]"
Incluya en su mensaje:
- • Descripcion detallada de los hechos
- • Fechas, lugares y personas involucradas (si las conoce)
- • Evidencias o documentos adjuntos (si dispone de ellos)
- • Datos de contacto (opcional si desea presentar denuncia anonima)
Tiempo de respuesta: Acuse de recibo en 7 dias naturales desde la recepcion.
3. Telefono (Canal Verbal)
Puede realizar su comunicacion verbalmente por telefono:
611 041 785
Solicite hablar con el Responsable del Sistema Interno de Informacion o con el Departamento de Cumplimiento Normativo.
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 (excepto festivos).
Conforme al Art. 7.2.c, las comunicaciones verbales pueden grabarse con su consentimiento o transcribirse. Se le facilitara copia de la transcripcion para verificar su exactitud.
Tiempo de respuesta: Acuse de recibo inmediato o en las siguientes 24 horas habiles.
4. Correo Postal (Canal Escrito)
Puede enviar su comunicacion por correo postal a la atencion del Responsable del Sistema:
DATA PROFESIONAL SLU
A/A: Responsable Sistema Interno de Informacion
PARQUE EUROPA, 5 BAJO
09001 BURGOS
Recomendacion: Envie su comunicacion en sobre cerrado marcado como "CONFIDENCIAL - SISTEMA INTERNO DE INFORMACION" para garantizar que solo sea abierto por el personal autorizado.
Tiempo de respuesta: Acuse de recibo en 7 dias naturales desde la recepcion.
5. Reunion Presencial (Canal Opcional)
Conforme al Art. 7.2 de la Ley 2/2023, el informante tiene derecho a solicitar una reunion presencial con el Responsable del Sistema Interno de Informacion.
Como solicitar una reunion:
- • Solicite la reunion a traves de cualquiera de los canales anteriores (formulario, email, telefono)
- • Indique su disponibilidad horaria
- • La reunion se celebrara en un plazo maximo de 7 dias desde su solicitud
Lugar: PARQUE EUROPA, 5 BAJO - 09001 BURGOS (en sala privada que garantiza confidencialidad)
Durante la reunion, se podra levantar acta escrita de los hechos comunicados, que sera firmada por el informante si lo desea. Tambien puede solicitar que la reunion sea grabada (con su consentimiento previo).
Importante: Todos los canales garantizan el mismo nivel de confidencialidad, proteccion y diligencia en la tramitacion. Elija el canal que le resulte mas comodo y accesible.
Procedimiento de Gestion de Comunicaciones
Conforme al Art. 9 de la Ley 2/2023, todas las comunicaciones recibidas a traves del Sistema Interno de Informacion seguiran el siguiente procedimiento transparente y garantista:
1Recepcion y Registro
Todas las comunicaciones se registran en un libro-registro confidencial que incluye: fecha y hora de recepcion, canal utilizado, identificacion del informante (si procede) y resumen de los hechos comunicados.
Plazo: Registro inmediato desde la recepcion.
2Acuse de Recibo
El informante recibira un acuse de recibo confirmando que su comunicacion ha sido recibida y sera tramitada. Este acuse incluye el numero de referencia asignado a su comunicacion.
Plazo: Maximo 7 dias naturales desde la recepcion (Art. 9.2).
3Analisis de Admisibilidad
El Responsable del Sistema evalua si la comunicacion cumple los requisitos del Art. 18 de la Ley 2/2023. Se podra inadmitir comunicaciones que:
- • Sean manifiestamente infundadas o carezcan de informacion significativa
- • No contengan informacion nueva respecto a comunicaciones previas ya resueltas
- • Se refieran a hechos que no constituyan infracciones del ambito de la Ley 2/2023
Garantia: Si se inadmite, se comunicara al informante con motivacion detallada.
4Investigacion
Una vez admitida a tramite, se inicia la investigacion de los hechos comunicados. Esta investigacion puede incluir:
- • Analisis de documentacion y evidencias aportadas
- • Entrevistas con personas relacionadas (garantizando confidencialidad)
- • Solicitud de informacion adicional al informante o a terceros
- • Auditoria interna o controles especificos
Quien investiga: El Responsable del Sistema Interno o investigadores internos designados, garantizando siempre imparcialidad y ausencia de conflicto de intereses.
Garantias: Durante la investigacion se mantienen medidas provisionales para proteger al informante y evitar la continuacion de la infraccion denunciada.
5Resolucion y Comunicacion
Finalizada la investigacion, el Responsable del Sistema adoptara una de las siguientes resoluciones:
- • Archivo: Si no se acreditan los hechos o no constituyen infraccion
- • Medidas correctivas internas: Si se confirman infracciones internas (disciplinarias, organizativas, formativas)
- • Remision a autoridad competente: Si los hechos constituyen infraccion penal o administrativa grave, se remitiran al Ministerio Fiscal, organos judiciales o autoridades administrativas competentes
- • Remision a la Autoridad Independiente de Proteccion del Informante (AAI): Como canal externo alternativo o complementario
Comunicacion al informante: Se informara al informante del resultado, las medidas adoptadas (en la medida compatible con la confidencialidad de terceros y la investigacion) y los plazos.
Plazo maximo: 3 meses desde la recepcion de la comunicacion (Art. 9.3). Prorroga justificada posible por complejidad del asunto.
6Seguimiento y Archivo
Todas las comunicaciones y su tramitacion se conservan de forma confidencial durante el plazo legalmente establecido (minimo 5 años). Se realiza seguimiento de las medidas adoptadas para verificar su eficacia.
Canal Externo Alternativo: Si no esta satisfecho con la gestion del Sistema Interno o transcurren mas de 3 meses sin respuesta, puede dirigirse directamente a la Autoridad Independiente de Proteccion del Informante (AAI) como canal externo.
Mas informacion en: https://www.aipi.gob.es/
Presentar Comunicacion por Formulario Web
Procedimiento de Gestion de Comunicaciones
Art. 9 de la Ley 2/2023: Requisitos detallados sobre el procedimiento de gestion de las comunicaciones, que debe ser publico, accesible y comprensible. A continuacion se detallan todas las fases del procedimiento:
Recepcion de la Comunicacion
Su comunicacion sera recibida de forma confidencial y segura por el responsable del sistema interno de informacion. Se registrara con un numero de expediente unico y se iniciara el procedimiento de tramitacion conforme al protocolo establecido.
Acuse de Recibo (7 Dias Naturales)
Art. 9.1.e) Ley 2/2023: Recibira un acuse de recibo en un plazo maximo de 7 dias naturales desde la recepcion (si proporciono datos de contacto o establecio sistema de seguimiento anonimo).
El acuse de recibo incluira: numero de expediente, fecha de recepcion, confirmacion de que se ha iniciado la tramitacion, plazo estimado de resolucion, y datos de contacto del responsable del sistema por si necesita aportar informacion adicional.
Investigacion Preliminar - Diligencia Debida (Art. 9.1.b)
Se realizara una investigacion interna con la maxima diligencia y objetividad, manteniendo en todo momento la confidencialidad de su identidad y de la informacion facilitada. La investigacion incluira:
- • Analisis de la documentacion y evidencias aportadas
- • Recopilacion de informacion adicional relevante
- • Entrevistas con personas implicadas o testigos (sin revelar la identidad del informante)
- • Evaluacion de la veracidad y gravedad de los hechos comunicados
- • Determinacion de las medidas cautelares necesarias durante la investigacion
Decision (Art. 9.1.c)
Se adoptara una decision motivada sobre las actuaciones a emprender, que podra ser:
- • Admision a tramite: Se continua con la investigacion interna completa
- • Derivacion a canal externo: Si se considera mas apropiado, se notificara a la Autoridad Independiente de Proteccion del Informante (AIPI) para su tramitacion externa
- • Archivo: Si no se aprecian indicios suficientes o la comunicacion es manifiestamente infundada, se procedera al archivo motivado informando al interesado de los motivos
Actuaciones Adaptadas (Art. 9.1.d)
Se implementaran las medidas correctivas, disciplinarias o de mejora necesarias, que pueden incluir:
- • Medidas disciplinarias contra las personas responsables de la infraccion
- • Modificacion de procedimientos internos para evitar la repeticion de los hechos
- • Formacion especifica al personal implicado
- • Implementacion de controles adicionales
- • Devolucion de cantidades indebidamente percibidas o reparacion de daños
- • Comunicacion a autoridades competentes si procede (Policia, Fiscalia, organismos reguladores)
Resolucion y Comunicacion al Informante (3 Meses - Art. 9.1.e)
Plazo maximo: 3 meses desde la recepcion de la comunicacion. Se le informara del resultado de la tramitacion mediante comunicacion motivada que incluira:
- • Resumen de las actuaciones realizadas (sin comprometer la confidencialidad de terceros)
- • Conclusion sobre la veracidad de los hechos comunicados
- • Medidas adoptadas o previstas
- • Posibilidad de recurrir ante la Autoridad Independiente si no esta conforme con el resultado
Prorroga excepcional: Si la complejidad del asunto lo requiere, el plazo podra prorrogarse justificadamente, informandole de los motivos y del nuevo plazo estimado.
Archivo y Seguimiento (Art. 9.1.f)
Una vez finalizada la tramitacion y adoptadas las medidas correspondientes, el expediente se archivara de forma segura. Se realizara un seguimiento para verificar la efectividad de las medidas implementadas y garantizar que no se producen represalias contra el informante ni contra otras personas implicadas.
Consecuencias del incumplimiento del procedimiento: El Art. 9 de la Ley 2/2023 establece requisitos imperativos sobre el procedimiento de gestion. Su incumplimiento constituye infraccion administrativa sancionable. DATA PROFESIONAL SLU se compromete a cumplir escrupulosamente todos los requisitos legales para garantizar la efectividad del sistema y la proteccion del informante.
Responsable del Sistema Interno de Informacion
Art. 8 de la Ley 2/2023: Obligacion de designar a un responsable del sistema que puede ser una persona fisica o un organo colegiado dentro de la empresa. El responsable debe contar con autonomia, independencia, ausencia de conflictos de interes, y medios suficientes para el desempeño de sus funciones.
Responsable del Sistema Interno de Información
Designado formalmente como responsable del sistema interno de informacion conforme al Art. 8.6 de la Ley 2/2023, con competencia exclusiva para la gestion y tramitacion de las comunicaciones recibidas.
Email:direccion@data5.es
Telefono: 611 041 785 (preguntar por el Responsable del Sistema)
Direccion postal: PARQUE EUROPA, 5 BAJO - 09001 BURGOS
Funciones del responsable (Art. 8.6 Ley 2/2023):
- • Gestion y tramitacion de las comunicaciones recibidas
- • Garantia de confidencialidad de la identidad del informante
- • Realizacion de investigaciones internas diligentes e imparciales
- • Comunicacion con el informante y emision de acuses de recibo
- • Propuesta y supervision de medidas correctivas
- • Coordinacion con autoridades competentes cuando proceda
- • Supervision del cumplimiento de los plazos legales
- • Elaboracion de informes anuales sobre el funcionamiento del sistema
